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pensionesLas prestaciones no contributivas de la Seguridad Social no exigen ningún requisito mínimo de cotización y tienen derecho a ellas todos los ciudadanos en estado de necesidad que nunca hayan cotizado o que habiéndolo hecho, lo hicieron por menos tiempo que el exigido en cada caso para alcanzar las prestaciones contributivas. El cobro de las mismas se condiciona a un nivel máximo de ingresos.

Tendrán acceso a las prestaciones no contributivas los ciudadanos españoles, nacionales equiparados y dela Unión Europea que cumplan con los siguientes

Requisitos

Que residan legalmente en España

Que no tengan derecho a recibir una pensión contributiva porque nunca hayan cotizado o porque lo hicieron por menos tiempo del requerido en su caso.

Que no cuenten con ingresos suficientes. Por ello se entiende que sus rentas o ingresos sean inferiores al importe de la pensión solicitada en un año. En caso se ser sus ingresos inferiores dicha suma y de convivir con familiares, la suma de las rentas o ingresos anuales de las personas con las que convive debe estar dentro de los límites aprobados por reglamento para que el solicitante pueda recibir la pensión no contributiva.

Clases de pensiones no contributivas de la Seguridad Social

Pensión no contributiva de jubilación

Este tipo de pensión asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y otros servicios sociales complementarios.

Para acceder a esta pensión se necesita:

Ser mayor de 65 años de edad

Estar residiendo en territorio español  y haberlo hecho por 10 años o más, en el período comprendido entre los 16 años de edad y la fecha de devengo de la pensión. De estos últimos, 2 años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la pensión.

Las cuantías básicas estarán determinadas por el reglamento aplicable a cada caso.

La pensión no contributiva de jubilación no es compatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales ni con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona de la ley de integración social de los minusválidos. Tampoco lo será con la condición de causante de la prestación familiar por hijo a cargo o minusválido.

Pensión no contributiva de invalidez

Para acceder a esta pensión se necesita:

Tener entre 18 y 65 años de edad

Estar residiendo en territorio español  y haberlo hecho por 5 años o más. De estos últimos, 2 años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la pensión.

Tener una minusvalía o discapacidad de al menos 65%

Las cuantías básicas estarán determinadas por el reglamento aplicable a cada caso.

La pensión no contributiva de invalidez para personas cuyo grado de invalidez sea del 75% o superior y acrediten la necesidad de ayuda de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida (lavarse, vestirse, comer, etc.), se incrementará en un 50% del importe de las pensiones establecidas.

Esta pensión no es compatible con la percepción de otros ingresos. En tal caso, la percepción de la pensión cesará hasta tanto no cese la actividad en virtud de la cual el pensionista obtenga dichos ingresos.  Tampoco lo será con la condición de causante de la prestación familiar por hijo a cargo o minusválido, con la pensión contributiva de jubilación ni con los subsidios de garantía de ingresos mínimos.

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