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Es el contrato de trabajo que se celebra para fomentar el empleo de trabajadores minusválidos.

Requisitos

La empresa debe hacer la solicitud del trabajador a la oficina de empleo indicando las características técnicas del puesto a cubrir y las capacidades requeridas del trabajador.

El trabajador debe tener al menos un 33% de disminución de su capacidad y estar inscrito en el registro correspondiente de la oficina de empleo.

Período de prueba

No pasará de 6 meses para técnicos titulados y para el resto de los trabajadores, 2 meses en empresas de 25 o más trabajadores y 3 meses en las de menos de 25 trabajadores. El convenio colectivo podrá disponer plazos diferentes, siempre dentro de los límites antes descritos.

Retribución

La retribución para el Contrato para trabajadores minusválidos se hará según estipule el convenio colectivo aplicable al sector.

Obligaciones para la empresa

– Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido procedente, deberán ser sustituidos por otros trabajadores con discapacidad.

– Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social“.

Formalización del contrato para trabajadores minusválidos y duración de jornada

– El contrato se formalizará por escrito, en ejemplar por cuadriplicado, en modelo oficial y se deberá concertar por tiempo indefinido, a jornada completa o parcial.

– Al contrato se acompañará solicitud de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, así como el certificado de minusvalía.

– El contrato de trabajo deberá ser comunicado al Servicio Público de Empleo Estatal en los 10 días siguientes a su concertación.

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