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Definición

Las Participaciones Preferentes son  valores emitidos por una sociedad que no confieren participación en su capital ni derecho de voto. Tienen carácter perpetuo y su rentabilidad, generalmente de carácter variable, no está garantizada.

Se trata de un instrumento complejo y de riesgo elevado que puede generar rentabilidad, pero también pérdidas en el capital invertido.

Como vemos por las características que tienen, se pueden definir como un producto híbrido entre la renta fija y variable, dado que no son deuda exigible al no tener vencimiento determinado como las obligaciones, pero tampoco se pueden considerar acciones al carecer de lo derechos políticos intrínsecos de las mismas.

Las Participaciones Preferentes presentan similitudes y diferencias tanto con la renta fija como con la renta variable. Por su estructura son similares a la deuda subordinada, pero a efectos contables se consideran valores representativos del capital social del emisor, que otorgan a sus titulares unos derechos diferentes de los de las acciones ordinarias (ya que carecen de derechos políticos, salvo supuestos excepcionales, y del derecho de suscripción preferente).

En España, el mercado en el que cotizan la mayoría de los valores de renta fija y las Participaciones Preferentes es AIAF.

Remuneración

El primer año  la remuneración suele ser fija y alta. A partir del segundo año, normalmente está referenciada al Euribor (u otro tipo de referencia) más un determinado diferencial. Esta remuneración está condicionada a que la entidad emisora de las Participaciones obtenga beneficios suficientes. Este tipo de productos remuneran muy por encima de los depósitos, con cifras que superan el 7 % anual.

Inconvenientes

– La entidad se reserva el derecho de suspender estas participaciones preferentes al cabo de un plazo determinado.

– El capital no está garantizado. Una vez se quiere recuperar la inversión hay que ponerlas en venta en un mercado secundario. Esto significa que su valor está sometido a cotización, por lo que cuando quieras tu dinero de vuelta puedes haber perdido una parte considerable

– El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) no cubre las inversiones realizadas en participaciones preferentes. Por tanto, si quiebra el banco, pierdes tu inversión.

– Tienen muy baja liquidez. Como son a perpetuidad, el proceso para recuperar la inversión depende de una compra-venta, así que es engorroso y puede demorarse incluso meses. Si tienes una urgencia, puede significar un problema

– Si la entidad no ha tenido beneficios ni ha pagado dividendos ese año, puede no cobrar su cupón anual.

Características:

  • No otorgan derechos políticos al inversor (voz y voto en la junta general).
  • La retribución pactada como pago de intereses se condiciona a la obtención de beneficios por parte de la sociedad emisora.
  • Son instrumentos sin vencimiento determinado o indefinido, aunque el emisor se suele reservar el derecho de cancelación a partir del quinto año.
  • En el caso de concurso de acreedores, la posición del inversor se encuentra justo delante de los accionistas si los hubiera.

Adquisición

Al cotizar en mercados organizados, la adquisición de los mismos se puede llevar a cabo, tanto en los mercados de valores  primarios como secundarios.

– Si adquirimos en el mercado primario, el coste de adquisición será el nominal de emisión.

– Si adquirimos en el mercado secundario, el coste de adquisición vendrá representado por un porcentaje sobre el nominal de emisión, en donde el nominal va a ser 100%. En el mercado secundario, se pueden adquirir participaciones a valores por debajo del nominal con relativa facilidad, como por ejemplo al 90%.

Ej. Emisión de  Participaciones Preferentes  a 1.000 euros,  y la adquiere en el mercado primario. Paga Vd. 1.000 euros por participación. Pero una vez emitidas, esta participación fluctuará su valor en función de la oferta y demanda compradora en cada momento y rara vez por encima del valor de emisión.

Rentabilidad

Una vez que la cotización está supeditada a un mercado de renta fija, se le presupone cierto grado de liquidez, pero en este caso, la liquidez es mínima. Es decir, si compra Participaciones Preferentes, es muy probable que no pueda venderlas al mismo coste de adquisición.

En la propia emisión de Participaciones Preferentes se fija la rentabilidad anual que se va a ofrecer mediante el pago de intereses periódicos. Esta rentabilidad debe ser bastante elevada por los motivos expuestos anteriormente, es decir, presentan liquidez casi nula y pueden mantenerse en cartera de manera indefinida. Para que veamos algún ejemplo concreto, en este mercado se pueden conseguir rentabilidades muy superiores a los títulos normales de renta fija.

El detalle importante sobre esta rentabilidad es la posibilidad de suspensión de pago de los intereses si se dan determinadas condiciones adversas para el emisor, como puede ser incurrir en pérdidas o afrontar nuevas inversiones que aconsejen no pagar intereses.

Fiscalidad

La consideración de los rendimientos que se obtiene es la propia de cesión de capitales a terceros, tributando al 21% por los intereses cobrados e integrando parte de la base imponible del ahorro y no sujetos a retención de IRPF o sociedades, En el caso de vender por debajo del valor de adquisición o por encima, la diferencia tributa como ganancia o pérdida patrimonial.

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