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Hurto

El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto.

Pena

Prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros

El hurto será castigado con la pena de prisión de uno a tres años:

  1. Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
  2. Cuando se trate de cosas de primera necesidad o destinadas a un servicio público, siempre que la sustracción ocasionare un grave quebranto a éste o una situación de desabastecimiento.
  3. Cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración.
  4. Cuando ponga a la víctima o a su familia en grave situación económica o se haya realizado abusando de las circunstancias personales de la víctima.
  5. Cuando se utilice a menores de catorce años para la comisión del delito.

Robo

Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas.

Pena

–       Con fuerza en las cosas: prisión de 1 a 3 años.

–       Cuando el lugar donde se comete el robo estuviera habitado: prisión de 2 a 5 años.

–       Con violencia e intimidación: prisión de 2 a5 años

Extorsión

El que, con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero.

Pena

Prisión de uno a cinco años

Usurpación

El que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena.

Pena

Prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.

Estafa

Los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

Pena

Prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

Apropiación indebida

Los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros.

Pena

Prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

Daños

El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros delitos específicamente tipificados (robo, hurto, etc.)

Pena

Multa de seis a 24 meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño, si éste excediera de 400 euros.

– Supuestos que agravan la pena a de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses:

  1. Que se realicen para impedir el libre ejercicio de la autoridad o como consecuencia de acciones ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, bien se cometiere el delito contra funcionarios públicos, bien contra particulares que, como testigos o de cualquier otra manera, hayan contribuido o puedan contribuir a la ejecución o aplicación de las Leyes o disposiciones generales.
  2. Que se cause por cualquier medio, infección o contagio de ganado.
  3. Que se empleen sustancias venenosas o corrosivas.
  4. Que afecten a bienes de dominio o uso público o comunal.
  5. Que arruinen al perjudicado o se le coloque en grave situación económica.
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